Un año más la Secretaria de Estado de Educación, formación profesional y Universidades convoca la ayuda para los alumnos/as que presenten Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE).
Esta beca está destinada para alumnos/as que presente Trastorno por déficit de Atención con o sin hiperactividad, necesidades educativas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o altas capacidades que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de ella, determinados apoyos y atenciones educativas.
Para optar a esta ayuda deberán cumplir una serie de requisitos:
- Que las necesidades específicas de apoyo educativo hayan sido acreditados por alguna de estas vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del instituto de mayores y de servicios sociales. (Reconocimiento de discapacidad)
- Certificado de un equipo de orientación educativo (EOE).
- Certificado de discapacidad.
- Tener cumplido dos años de edad a 31 de diciembre de 2013.
- Cumplir los umbrales de rentas especificados en el Real Decreto 472/2014 de 13 de Junio.
Son varias las clases de ayudas y cuantías a las que se puede optar. Las ayudas pueden ser para enseñanza, para transporte interurbano, para comedor escolar, residencia escolar, libros y materiales, reeducación pedagógica o del lenguaje.
La cuantía para reeducación pedagógica o del lenguaje (para servicios extraescolares en centros, gabinetes o personal cualificado y dado de alta en la seguridad social) es de hasta 915 € en función del coste del servicio al que este asistiendo el alumno/a.
EL modelo de solicitud, procedimiento y documentación a presentar son los siguientes. El modelo de solicitud debe rellenarse vía telemática, es decir, deben entrar en www.mecd.gob.es o a través de https://sede.educacion.gob.es en el apartado “TRAMITES Y SERVICIOS”. Una vez cumplimentada deberá imprimir los documentos.
Una vez impreso acuda al centro donde el alumno/a esté recibiendo el servicio de reeducación pedagógica o del lenguaje, para que firmen y sellen los documentos.
Posteriormente deberá acudir al centro escolar con la solicitud firmada y la documentación correspondiente que debe aportar. Debe entregarlo en secretaria, allí se ocuparán de que el documento quede firmado por el representante de equipo de orientación. Finalmente el responsable del centro educativo (colegio) lo hará llegar a la administración correspondiente.
El plazo de presentación de las solicitudes se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2014 inclusive.
A partir del 24 de Octubre de 2014, podrán comprobar en https://sede.educacion.gob.es las solicitudes que han sido denegadas.
Así mismo a partir del 20 de Noviembre se comenzará a notificar, vía correo electrónico, a los solicitantes que: “han sido seleccionados para ser incluidos en el listado general estatal de becarios, de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria para el curso 2014/15.”
Desde ese momento deben ser ingresadas las cuantías correspondientes a cada solicitante en un plazo máximo de dos meses.
Tal y como recoge la normativa, la administración podrá comprobar en cualquier momento a lo largo del curso o a posteriori (en septiembre de 2015) si el solicitante está acudiendo al centro, gabinete o profesional que firmo la solicitud. Así mismo dicho establecimiento podrá informar de la no asistencia del mismo. Reclamando la administración en su caso la cuantía adjudicada para dicha actividad.
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